Marzo de 2009
Año V, Número 39


DOCUMENTALIA

Pacto de Torreón

En la ciudad de Torreón, estado de Coahuila de Zaragoza, a las diez de la mañana del día cuatro de julio de mil novecientos catorce, a iniciativa de los ciudadanos jefes de la División del Norte, se reunieron en la parte alta del edificio del Banco de Coahuila, situado en las calles de Zamora, número cuatrocientos veintitrés, los señores general José Isabel Robles, doctor Miguel Silva, ingeniero Manuel Bonilla y coronel Roque González Garza, los tres primeros, delegados de la División del Norte, y el último, como secretario de estos señores delegados, y los señores generales Antonio I. Villarreal, Cesáreo Castro y Luis Caballero, como representantes de la División del Noreste, siendo secretario de ellos el señor Ernesto Meade Fierro, con el objeto de zanjar las dificultades surgidas entre los jefes de la División del Norte y el ciudadano primer jefe del Ejército Constitucionalista. Revisadas las credenciales extendidas por los ciudadanos generales de las dos mencionadas divisiones, se procedió a elegir desde luego un presidente, habiendo resultado electo el doctor Miguel Silva. Abiertos los debates, y después de haber exhortado el presidente de la asamblea a los señores delegados para que en todas sus resoluciones sólo mirasen por el bien de la patria, el señor ingeniero don Manuel Bonilla interrogó a los señores representantes de la División del Noreste para que explicaran cuáles eran sus facultades y si venían con la aquiescencia del señor Carranza. El señor general Antonio I. Villarreal contestó que, según se podía ver por las credenciales exhibidas, solamente venían en representación de los ciudadanos jefes de la División del Noreste. Acordóse después que los señores secretarios, durante las discusiones, tuvieran voz informativa. Acto continuo hizo uso de la palabra el señor ingeniero Manuel Bonilla, manifestando que la División del Norte no ha desconocido ni desconocerá al C. Venustiano Carranza como primer jefe del Ejército Constitucionalista; que dicha división sólo desea que el jefe supremo ejerza su autoridad justificadamente y sin poner obstáculo alguno a las operaciones militares. El ciudadano delegado José Isabel Robles apoyó lo asentado anteriormente por el ingeniero Bonilla, agregando que era conveniente que el ciudadano general Francisco Villa continuara como jefe de la División del Norte. Como resultado de esta discusión tomáronse los acuerdos siguientes. Primero: la División del Norte reconoce como primer jefe del Ejército Constitucionalista al señor don Venustiano Carranza y solemnemente le reitera su adhesión. Segundo: el señor general don Francisco Villa continuará como jefe de la División del Norte. Para ilustrar el criterio de los señores delegados, la secretaría dio lectura a los mensajes y notas cambiadas entre el ciudadano primer jefe del Ejército Constitucionalista y los señores generales de la División del Norte. Con esto terminó la sesión, habiéndose señalado las cuatro de la tarde de este mismo día para reanudarla.

Reunidos los señores delegados a la hora antes mencionada, el presidente preguntó a la asamblea si no había inconveniente en poner a discusión este punto: que a la División del Norte se le suministre todo lo necesario para continuar sin entorpecimiento alguno sus operaciones militares. Después de una amplia discusión, y no habiendo llegado a ningún acuerdo, se suspendió la sesión para continuarla al día siguiente.

Reunidos a las diez de la mañana, desde luego continuó discutiéndose la proposición de que se hace mérito. Habiendo tomado parte en la discusión todos los señores delegados, se llegó a este acuerdo, el cual fue aprobado por unanimidad de votos: las divisiones del Ejército Constitucionalista recibirán de la primera jefatura todos los elementos que necesiten para la pronta y buena marcha de las operaciones militares, dejando a la iniciativa de sus respectivos jefes libertad de acción en el orden administrativo y militar cuando las circunstancias así lo exijan; pero quedando obligados a dar cuenta de sus actos con la debida oportunidad para su ratificación o rectificación por parte de la primera jefatura.

Con esto terminó la sesión de la mañana del día cinco de julio, habiéndose convocado para continuarla al día siguiente.

A las diez a.m. se abrió la sesión. Los señores delegados de la División del Norte, en concreto, hicieron la siguiente proposición: que el ciudadano primer jefe del Ejército Constitucionalista nombre un gabinete responsable, es decir, ministros con plena autoridad, indicados por los gobernadores, para el manejo de los negocios. Los señores delegados de la División del Noreste hicieron varias objeciones a la proposición anterior, alegando, entre otras cosas, la libertad constitucional que tiene el Ejecutivo de la República para designar a sus ministros. Por las razones que se expusieron, los señores representantes de la División del Norte modificaron su proposición, presentándola en este sentido:

Las divisiones del Norte y Noreste se permiten presentar a la consideración del ciudadano primer jefe la siguiente lista de personas, entre las cuales estima que podrían designarse algunas para integrar la junta consultiva de gobierno: señores Fernando Iglesias Calderón, licenciado Luis Cabrera, general Antonio I. Villarreal, doctor Miguel Silva, ingeniero Manuel Bonilla, ingeniero Alberto Pani, general Eduardo Hay, general Ignacio L. Pesqueira, licenciado Miguel Díaz Lombardo, licenciado José Vasconcelos, licenciado Miguel Alessio Robles y licenciado Federico González Garza. Los señores Villarreal, Bonilla y Silva suplicaron atentamente fueran retirados sus nombres de la lista anterior, haciendo presentes diversos motivos. Los demás señores delegados expusieron que habiendo sido los ciudadanos generales de la División del Norte, y no los interesados mismos, los que habían indicado sus nombres, no se podía acceder a su solicitud. Por tal motivo, la lista de candidatos para integrar el gabinete del ciudadano primer jefe del Ejército Constitucionalista quedó aprobada tal como fue presentada a la consideración de la asamblea.

A continuación se pasó a discutir las siguientes reformas al Plan de Guadalupe, propuestas por los delegados de la División del Norte.

Segunda. Que se reforme el Plan de Guadalupe en sus cláusulas sexta y séptima como sigue:

Sexta. El presidente interino de la República convocará a elecciones generales, tan luego como se haya efec-tuado el triunfo de la Revolución, y entregará el poder al ciudadano que resulte electo.

Séptima. De igual manera, el primer jefe militar de cada estado donde hubiere sido reconocido el gobierno de Huerta convocará a elecciones locales tan luego como triunfe la Revolución.

La misma delegación pidió que se adicione dicho plan de la manera que sigue:

Octava. Ningún jefe constitucionalista figurará como candidato para presidente o vicepresidente de la República, en las elecciones de que trata la cláusula anterior.

Novena. Sin perjuicio de la convocatoria a que refiere el artículo sexto, se reunirá, al triunfo de la Revolución, una convención donde se formulará el programa que deberá desarrollar el gobierno que resulte electo.

En esa convención estarán representados a razón de uno por cada mil hombres.

Al ser discutida la primera cláusula se expusieron por los señores delegados varias consideraciones de orden constitucional, militar y político, habiéndose llegado al acuerdo que en seguida se expresa:

Al tomar posesión el ciudadano primer jefe del Ejército Constitucionalista, conforme al Plan de Guadalupe, del cargo de presidente interino de la República, convocará a una convención que tendrá por objeto discutir y fijar la fecha en que se verifiquen las elecciones, el programa de gobierno que deberán poner en práctica los funcionarios que resulten electos y los demás asuntos de interés general. La convención quedará integrada por delegados del Ejército Constitucionalista nombrados en junta de jefes militares, a razón de un delegado por cada mil hombres de tropa. Cada delegado a la convención acreditará su carácter por medio de una credencial, que será visada por el jefe de la división respectiva.

Levantóse la sesión, citándose para reanudarla a las cuatro de la tarde, hora en que dio principio con la lectura de la proposición que en seguida se cita, presentada por los señores delegados de la División del Norte: "El Conflicto de Sonora debe ser resuelto por el primer jefe sin que se viole la soberanía del Estado y respetando la persona del gobernador constitucional, C. José Maytorena". Habiéndola discutido de una manera detenida y amplia por todos los señores delegados, fue aprobada por unanimidad de votos, como en seguida se transcribe:

Sexta. En bien del triunfo de las armas revolucionarias y para calmar los ánimos en el estado de Sonora, se sugiere respetuosamente al ciudadano primer jefe que obre de la manera que crea más conveniente para solucionar el conflicto que existe en dicho estado, sin violar su soberanía ni atacar la persona del gobernador electo constitucionalmente, C. José María Maytorena. Se excitará al patriotismo del señor Maytorena para que se separe del puesto de gobernador del estado, si estima que de esa manera puede ponerse fin al conflicto interior, proponiendo una persona prestigiada, imparcial y constitucionalista, para que se encargue del gobierno de Sonora y dé garantías al pueblo, cuyos sagrados intereses están en peligro. Con esto se dio por terminada la sesión.

Reanudada el martes siete, a las diez de la mañana, los señores delegados de la División del Noreste suplicaron a la asamblea que tuviera a bien aprobar esta cláusula, que literalmente dice:

Séptima. En facultad exclusiva del ciudadano primer jefe el nombramiento y remoción de empleados de la administración federal en los estados y territorios dominados por las fuerzas constitucionalistas, asignándoles su jurisdicción y atribuciones. Como las veces anteriores, el punto se discutió detenida y ampliamente, habiendo sido aprobado en la misma forma en que se presentó. A continuación, los propios delegados presentaron otra cláusula, que dice:

"Las divisiones del Norte y Noreste, comprendiendo que la actual es una lucha de los desheredados contra los poderosos, se comprometen a combatir hasta que desaparezca por completo el Ejército ex Federal, sustituyéndolo por el Ejército Constitucionalista; a impulsar el régimen democrático en nuestro país; a castigar y someter al clero católico romano, que ostensiblemente se alió a Huerta, y a emancipar económicamente al proletariado, haciendo una distribución equitativa de las tierras y procurando el bienestar de los obreros".

Puesta a discusión, los señores delegados de la División del Norte la aceptaron en principio, y con las adiciones y correcciones consiguientes, fue aprobada de esta manera:

Octava. Siendo la actual contienda una lucha de los desheredados contra los abusos de los poderosos, y comprendiendo que las causas de las desgracias que afligen al país emanan del pretorianismo, de la plutocracia y de la clerecía, las divisiones del Norte y del Noreste se comprometen solemnemente a combatir hasta que desaparezca por completo el Ejército ex Federal, el que será sustituido por el Ejército Constitucionalista; a implantar en nuestra nación el régimen democrático; a procurar el bienestar de los obreros; a emancipar económicamente a los campesinos, haciendo una distribución equitativa de las tierras o por otros medios que tiendan a la RESOLUCIÓN DEL PROBLEMA AGRARIO, y a corregir, castigar y exigir las debidas responsabilidades a los miembros del clero católico romano que material e intelectualmente hayan ayudado al usurpador Victoriano Huerta.

Con lo anterior, los señores delegados de la División del Norte dieron por terminadas las conferencias, habiendo aprobado por unanimidad de votos las cláusulas que se consignan en la presente acta, la cual se levantó por cuadruplicado y firmaron de conformidad en unión de los señores secretarios.

Constitución y Reformas. Torreón, Coahuila, julio 8 de 1914.

Antonio I. Villarreal. Miguel Silva. Manuel Bonilla. Cesáreo Castro. Luis Caballero. José Isabel Robles. E. Meade Fierro. R. González Garza.