La ponderación de derechos es un método inadecuado respecto del aborto:
Jorge Adame Goddard

Jurídicamente, el aborto es considerado como "el acto de causar voluntariamente la muerte a un individuo humano concebido y no nacido", indicó Jorge Adame Goddard, especialista en filosofía y teoría del derecho del Instituto de Investigaciones Jurídicas.

Doctor en Historia por El Colegio de México, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana e investigador titular del iij, Adame Goddard es autor de más de ochenta artículos y obras científicas en las líneas de filosofía social, derecho romano y derecho mercantil internacional. Además ha escrito siete libros, entre los cuales destacan El pensamiento político y social de los católicos mexicanos, 1867-1910; El contrato de compraventa internacional; El libro xviii del Digesto; Contratos internacionales en América del Norte y Filosofía social para juristas.

En entrevista, el investigador explicó que la Constitución no cuenta con una definición de persona como tal. "La Constitución no define, no tiene por qué definir, lo que es persona, ni tampoco lo que es ser humano; ni define muchas otras realidades a las que se refiere. El artículo primero de la Constitución dice que los derechos constitucionales le corresponden a todo 'individuo', lo cual significa individuo de la especie humana, es decir, ser humano".

Al referirse al conflicto constitucional que genera el aborto, Adame Goddard consideró que se crea "por la pretensión de autorizar la muerte del concebido no nacido, como si, en vez de ser humano, fuera simplemente materia biológica disponible. Esa pretensión es inconstitucional por dos razones: 1) implica negar el derecho constitucional a la vida, previsto implícitamente en el artículo 14, al concebido no nacido, y 2) hace una discriminación entre los seres humanos, por razón de la edad, diciendo que los que no han cumplido doce semanas no son seres humanos, sino cosas que se pueden eliminar".

"En el Seminario sobre el Aborto realizado en el Instituto de Investigaciones Jurídicas el pasado mes de enero, se habló de un juicio de ponderación, el cual confronta los derechos de la mujer con los del embrión. La 'ponderación de derechos' es un método inadecuado respecto del aborto. Es cierto que la mujer tiene, igual que el varón, un derecho a disponer de su cuerpo, así como a decidir sobre la procreación conjuntamente con el varón, pero de ahí no se puede afirmar que tiene derecho a privar de la vida a un inocente".

"No hay un derecho al aborto de la madre que pueda ser 'ponderado' con el derecho a la vida del concebido. Tampoco se puede decir que la mujer, por el derecho a su cuerpo o a decidir sobre la procreación, tiene el derecho de matar a un hijo que le causa problemas o le genera muchos gastos; ni se puede aceptar que tenga el derecho de matar al concebido no nacido. El método de la 'ponderación de derechos' presupone que la madre tiene derecho a abortar cuando nadie puede afirmar que tiene un derecho de dañar, robar, herir, matar o difamar a otro".

¿Se debe considerar al embrión como una persona humana?
-Distinguir entre ser humano y persona como si fueran dos realidades diferentes es un grave error que ha servido históricamente para justificar la esclavitud, el racismo o la explotación de unos pueblos por otros. Se dice entonces que hay seres humanos que son personas, y otros que no lo son; los primeros tienen derechos porque son personas, y los otros carecen de ellos porque no lo son y están subordinados a las "personas". Ahora se sostiene que los embriones no son "personas", de modo que los que sí son "personas" pueden disponer de ellos para eliminarlos o servirse de ellos como material de laboratorio o para producción de medicamentos.

La realidad es que todo ser humano, precisamente por ser humano, es persona. En otras palabras, es un sujeto con capacidad de actuar libremente, con derechos propios y una dignidad -es decir, valor o supremacía- que merece ser respetada por todos los demás. El embrión es un ser humano e igualmente persona, aunque no esté totalmente desarrollado. Lo mismo el cigoto, o sea, el óvulo fecundado por el espermatozoide, es ya un ser humano y por ende persona.

¿Cuáles son las razones por las que se llegó a proponer que era posible interrumpir el embarazo sólo hasta las doce semanas?
-Dicen que a las doce semanas el embrión ya cuenta con un sistema nervioso, por lo que ya es capaz de tener funciones cerebrales y sentir dolor. Ello supone que se es humano a partir de que existen funciones cerebrales y experiencia del dolor. Pero esto es una confusión; se toma como principal -funciones cerebrales o experiencia del dolor- lo que es accesorio. Para que haya funciones cerebrales y dolor se requiere un sujeto que los experimente, y ese sujeto es el embrión, que existe desde el primer momento de la concepción.

Está científicamente demostrado que en el cigoto -óvulo fecundado- está toda la carga genética de ese ser humano, de modo que ya están, aunque sea en germen y aún sin evolucionar, su sistema nervioso, su cerebro, los rasgos de su cara, sus inclinaciones de temperamento y, en fin, toda la materia que constituirá el embrión, el no nacido, el niño recién nacido, el joven y el adulto.

Si se afirma que sólo a las doce semanas el embrión es ser humano, entonces cabe preguntar: ¿eso que lo hace ser humano ya estaba en el cigoto o viene de fuera? Si ya se encontraba en el cigoto, como está científicamente demostrado, ya es desde entonces un ser humano, pues ya tiene lo que según ellos es la esencia del ser humano, su sistema nervioso. Si viene de fuera, entonces que expliquen de dónde viene.

Es claro que todo óvulo fecundado, si se desarrolla normalmente, da lugar al nacimiento de un niño. También es evidente que todos los hombres que han existido y los que existen fueron inicialmente cigotos. Por lo tanto, no se puede negar sensatamente que el cigoto, el recién concebido, sea un ser humano que, como todos los seres humanos, no es perfecto ni totalmente desarrollado, sino que está en constante evolución.

Usted afirmó que el aborto voluntario es un acto anticonstitucional porque priva de la vida a un individuo de la especie humana. ¿Podría ahondar en este tema?
-Es un principio jurídico manifiesto, que no necesita demostrarse y que nadie discute: nunca es justo privar de la vida a un ser humano inocente. El concebido no nacido es un ser humano. Por lo tanto, es gravemente injusto abortar, matar a un no nacido. La Constitución mexicana reconoce que nadie puede ser privado de la vida, ni siquiera por sentencia judicial -ya que está abolida la pena de muerte-; en consecuencia, no hay derecho a privar de la vida al concebido no nacido. La misma Suprema Corte de Justicia ha definido en tesis de jurisprudencia obligatoria que la Constitución mexicana protege la vida del concebido no nacido.

¿Cuál será la labor de la Suprema Corte en este tema? ¿Qué voces deben participar en el debate?
-La labor de la Suprema Corte es juzgar si la ley que autoriza la muerte del menor de doce semanas es conforme o no con la Constitución mexicana. Puesto que esta misma corte ya definió hace seis años, como tesis de jurisprudencia obligatoria (Tesis jurisprudencial, registro núm. 187817, Semanario Judicial de la Federación, 9a. Época, vol. xv, p. 588, febrero de 2002), que la Constitución mexicana protege el derecho a la vida del concebido no nacido, ahora tendrá que examinar esa jurisprudencia y decidir si la ratifica, y entonces declara la inconstitucionalidad de la ley, o la cambia.

Una cosa es la discusión en el seno de la Suprema Corte y otra el debate en los medios de comunicación. En la discusión en la Suprema Corte las voces que deben oírse son las de la justicia, la razón y el derecho. Todos esperamos de la corte una decisión objetiva, apegada al derecho, independientemente de que agrade o no a la opinión pública.

En el debate en los medios de comunicación deben oírse todas las voces que quieran hablar, pero especialmente las de las mujeres; no sólo las de aquellas favorables al aborto, sino también las de quienes han sabido asumir las consecuencias de un embarazo inesperado y libremente lo han llevado a término, y que quizá sean la mayoría entre las que enfrentan un embarazo inesperado.

¿Cree que el legalizar el aborto puede disminuir su práctica?
-La legalización del aborto aumenta su práctica, como está demostrado estadísticamente. Es de sentido común que si una mujer resulta inesperadamente embarazada y tiene la opción de un aborto gratuito y en hospital público, más fácilmente decidirá abortar que si tiene que pagar por un aborto clandestino.

Para disminuir el aborto, que me parece que es algo que todos quieren, incluso los que proponen su legalización, lo importante es la solidaridad con la mujer embarazada. Solidaridad que debe exigirse -si no quiere voluntariamente darla- al varón, de modo que se ocupe de los gastos del embarazo, el nacimiento, la manutención y la educación del niño. El aborto legalizado favorece la irresponsabilidad de los padres varones, que fácilmente le dicen a la mujer que aborte, que es gratis y "seguro", porque ellos no pueden hacerse cargo de nada. Se precisa también la solidaridad de la familia de la mujer y de la sociedad en general, con el fin de que pueda llevar a término el embarazo en condiciones adecuadas, así como asegurar la manutención y educación del hijo.

Para resolver el problema de los embarazos inesperados, la solución no es matar al concebido, sino la solidaridad con la mujer y con el concebido, quien ya es uno de nosotros.

¿En qué investigaciones o proyectos está usted trabajando actualmente?
-Me interesa especialmente la relación y diferencia entre ética, política y derecho. Me parece que estas tres ciencias, y los conjuntos normativos a los que cada una se refiere, no están aislados ni deben aislarse. Las principales reglas o principios del comportamiento personal y social son de carácter ético; es decir, reconocibles por la razón de manera espontánea, casi intuitiva, como el principio de no matar a un inocente, o el de amar al prójimo como a uno mismo.

La política se refiere a las reglas sobre la Constitución y el ejercicio del poder, que son concreciones del principio ético que dice que el poder se ejerce en beneficio del pueblo. Y el derecho atañe a las reglas para solucionar los conflictos entre las personas, o entre éstas y los órganos administrativos, que desarrollan el principio ético que establece que debe darse a cada quien lo que le corresponde. La política o el derecho sin la ética son simplemente predominio del poderoso.

Reflexión final…
-México ha tenido una posición de solidaridad con los más débiles, lo cual es parte constitutiva de las costumbres y la vida mexicanas. En los comienzos del siglo xix, cuando apenas se iniciaba la guerra de Independencia, nuestro país declaró la abolición de la esclavitud, no obstante que ésta seguía siendo una práctica, por cierto muy lucrativa, en los "países civilizados". A principios del siglo xx, México establece a nivel constitucional los derechos de los grupos sociales entonces más débiles, los campesinos y los obreros, cuando las "grandes potencias" si acaso los reconocían en leyes secundarias y se enfrascaban en la Primera Guerra Mundial.

Hoy, a principios del siglo xxi, México puede dar otro ejemplo de solidaridad con los más débiles declarando la inconstitucionalidad del aborto, a pesar de que se practica ampliamente en los países más ricos y ha generado una industria (clínicas, instrumentos y material quirúrgico para aborto) que enriquece a unos cuantos.